Limpiar filtros

Doctrina

Inicio / últimos artículos ingresados

mayo  3, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen de la Doctrina Volver >

La acción de nulidad de la cosa juzgada írrita

Por Pablo Temponi


“La acción de nulidad de la cosa juzgada írrita es un tema por demás controversial. Por eso los requisitos para su admisibilidad deben ser evaluados con especial prudencia. Ello así a efectos de no vulnerar la seguridad jurídica que en todo estado de derecho debe prevalecer. Esta herramienta puede resultar importante de acuerdo al uso que se le dé. No cualquier sentencia puede ser pasible de impugnarse por medio de esta acción ni tampoco puede serlo ninguna. Deben darse ciertos recaudos que considero imprescindible.”

Copyright 2018 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en esta doctrina: acción, sentencia, fraudulenta.

SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE